lunes, 30 de noviembre de 2009

Factura

Las facturas son comprobantes de venta que sustentan la transferencia de un bien o la prestación de un servicio. Son utilizadas cuando la transacción se realiza con personas jurídicas o con personas naturales que necesiten sustentar crédito tributario del IVA, y en operaciones de exportación

Quien Emite? Son emitidas por el proveedor del bien o por quien presta un servicio.

Quien Imprime? Pueden ser impresas en imprentas autorizadas, quienes se encargan de solicitar al SRI la autorización para el contribuyente, o a través de sistemas computarizados (autoimpresores), previa la autorización expresa del SRI.
  1. Imprentas Autorizadas
  2. Autoimpresores
  3. Sistema de facturación
  4. Consulta de imprentas autorizadas

Cual es la informacion basica que debe tener?

Qué hacer si la información ingresada es equivocada? Estos documentos no deberán presentar borrones, tachones o enmendaduras, por tanto, cuando se cometan errores al llenar una factura, deberá anularse consignando la leyenda "ANULADO" y archivarla en original y todas sus copias en forma cronológica, durante un período de 6 años.

Cuándo y cómo se da de baja el documento? Las facturas no emitidas deben ser dadas de baja en los siguientes 15 días de producido el hecho que motive la baja. Para ello se deberá llenar el formulario 321 y entregarlo en las oficinas del SRI junto con las facturas, para que estas sean destruidas.

  • Motivos por los cuales se presenta un trámite de baja de preimpresos:

    Se podrá dar de baja los documentos preimpresos antes de que hayan sido emitidos en los siguientes casos:

    1) Vencimiento del plazo de vigencia;
    2) Cierre del establecimiento;
    3) Cierre del punto de emisión;
    4) Deterioro;
    5) Robo o extravío;
    6) Cese de operaciones;
    7) Cuando el emisor detectare fallas técnicas generalizadas en los documentos;
    8) Cuando el emisor haya perdido la calidad de contribuyente especial; o,
    9) Por cambios de razón social, denominación, dirección u otras condiciones del contribuyente que hayan sido registradas en el RUC.
  • En el caso de robo o extravío, el trámite deberá estar acompañado con la respectiva denuncia.
  • La presentación de baja deberá realizarse en el plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que se produzcan los hechos antes mencionados.
Cuándo y cómo se actualiza la información del documento? Una factura únicamente puede emitirse bajo condiciones en las que se autorizó, es decir, con los datos registrados en el RUC en ese momento. Sin embargo, con autorización expresa de SRI el contribuyente podrá emitirlas en forma temporal cuando existan cambios de domicilio o nombre comercial previamente registrados en el RUC, o en ferias o exposiciones.
Cuánto tiempo debo guardar los documentos? Las facturas que sean sustento de la contabilidad deben ser archivadas por 6 años. En los casos en los que los documentos sean autoimpresos, deberá mantenerlos adicionalmente en archivo magnético. Todos los documentos deberán estar disponibles ante cualquier requerimiento del SRI
Cuáles son mis obligaciones como emisor del documento? Son obligaciones del emisor mantener facturas vigentes, es decir renovar la autorización antes de que esta se caduque. Emitirlas y entregarlas en cualquier transacción que se realice con contribuyentes que tienen derecho a crédito tributario y en operaciones de exportación. Además, archivarlas secuencial y cronológicamente y presentarlas ante requerimientos del SRI.


Puede una tercera persona realizar los tramites? Todos los trámites de facturación las debe realizar el contribuyente en forma personal, en caso de sociedades estas solicitudes las debe efectuar el representante legal o su representante autorizado en forma expresa.

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